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Más informaciónDesde pensiones hasta IRA, hay muchos tipos de planes de jubilación
Aunque los planes 401(k) son un beneficio común para empleados, tal vez algunas empresas y organizaciones quieran considerar otras opciones de planes de jubilación. En First American Bank podemos guiarlo a las alternativas que cuadren con sus objetivos, desde pensiones financiadas por el empleador hasta planes que ofrecen beneficios mejorados para la jubilación para gerentes y otros empleados del nivel ejecutivo.
- Plan 403(b): Ciertas organizaciones 501(c)(3) exentas de impuestos y escuelas públicas ofrecen este tipo de planes. Los participantes ahorran para la jubilación aportando una parte de su paga; los empleadores también pueden hacer aportes a las cuentas de los participantes. También se le conoce como anualidad con refugio fiscal (TSA, por sus siglas en inglés).
- Plan de pensión de compra de dinero: Plan financiado por el empleador, quien debe hacer un aporte cada año por los participantes del plan. Los documentos del plan deben establecer el porcentaje del aporte requerido y cómo se distribuirá el monto entre los participantes.
- Plan de compensación diferida no calificada: Plan que se mantiene para un selecto grupo de empleados de la gerencia y con una alta remuneración. Este plan permite que el empleador les ofrezca esos beneficios a sus empleados por encima de los límites impuestos bajo los planes calificados.
- SEP-IRA: Un Plan Simplificado de Pensiones para Empleados permite que el empleador haga aportes a las IRA que se abren para los empleados.
- SIMPLE-IRA: El empleador puede definir un plan SIMPLE IRA (Plan con Equiparación de Incentivos de Ahorros para Empleados) con 100 o menos empleados. El empleador debe aportar el monto que exige el documento del plan y a los empleados también se les permite diferir parte del pago bajo este tipo de plan.
- Plan de cafetería: Estos planes les dan a los participantes la oportunidad de obtener ciertos beneficios antes de los impuestos, entre los que se incluyen seguro médico, seguro dental, seguro de oftalmología, cuentas de gastos flexibles para cuidado dependiente y cuidado médico y health savings accounts.
Revelaciones
No asegurado por FDIC | Sin garantía bancaria | Puede perder valor | No garantizado por ninguna agencia gubernamental | No es un depósito bancario
Antes de 2020, se le obligaba a comenzar a tomar Distribuciones Mínimas Requeridas (RMDs por sus siglas en inglés) antes del 1 de abril del año siguiente al año en que llegó a la edad de 70 años y medio. Esta regla aun aplica si ha llegó a la edad de 70½ a finales de 2019. Una vez que se le requiera comenzar a tomar RMD, debe continuar. Para 2020, la Ley SECURE aumentó la edad para comenzar los RMD a 72 años de edad. Se aplica la misma fecha límite del 1 de abril. A partir de entonces, debe tomar RMD anualmente en o antes del 31 de diciembre. Tenga en cuenta que dos distribuciones requeridas se emitirán en su primer año si espera hasta el período comprendido entre el 1 de enero y el 1 de abril para comenzar sus RMD. Puede evitar dos distribuciones imponibles en el primer año al hacer su primer retiro antes del 31 de diciembre del año en el que cumpla la edad de 72.
Sin embargo, si continúa trabajando, no se le requiere iniciar con RMDs desde su plan patrocinado por el empleador hasta el 1 de abril del año siguiente al que de por terminado su empleo. Esta excepción no aplica si es dueño de más del 4% de su empleador, ni aplica para IRAs.
Nota especial: Para 2020, la Ley CARES suspendió temporalmente los requisitos de RMD de los IRA y los planes de jubilación calificados siempre que el empleador patrocinador del plan adoptara las disposiciones de la Ley CARES. Consulte con el patrocinador de su plan de jubilación para confirmar si debe tomar un RMD para 2020.
a. $19,500 para 2021;
b. el máximo importe diferido bajo los términos del plan; o
c. el monto que permite que el plan cumpla con las pruebas no-discriminatorias requeridas.
Además, si llega a los 50 años de edad antes del 31 de diciembre, puede deferir $6,500 adicionales de contribución de actualización.